CF Panamá

Artículo 1087.

Texto Legal

Extinguida una deuda por el transcurso del tiempo señalado en el artículo anterior no podrá pagarse aunque se vote la partida en el Presupuesto de Gastos. Capítulo IV De los Empleados y Agentes de Manejo

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1087 del CF Panamá?

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