CF Panamá

Artículo 306.

Texto Legal

A los objetos postales no franqueados o insuficientemente franqueados se les dará curso por el Correo, pero no se entregarán mientras el destinatario no les adhiera los sellos o estampillas por el importe que corresponda según los Convenios Internacionales o los reglamentos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 306 del CF Panamá?

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