CPE

Artículo 98.

Texto Legal

El Estado establecerá sistemas que proporcionen los recursos adecuados para otorgar becas, auxilios u otras prestaciones económicas a los estudiantes que lo merezcan o lo necesiten. En igualdad de circunstancias se preferirá a los económicamente más necesitados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 98 del CPE?

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