LSS

Artículo 99. Ayuda para gastos de funeral por enfermedad general

Establece que en caso de muerte del asegurado o pensionado por causa distinta a riesgo de trabajo, se pagará una ayuda para gastos de funeral a quien acredite haber realizado los gastos.

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Texto Legal

Artículo 99 – Gastos de Funeral (Enfermedad General)

En caso de fallecimiento del asegurado o del pensionado por invalidez, el Instituto otorgará a la persona, preferentemente familiar, que presente copia del acta de defunción y la cuenta original de los gastos de funeral, una ayuda por este concepto.

Monto

La ayuda para gastos de funeral equivale a dos meses del salario mínimo general vigente.

Requisitos

1. Acta de defunción del asegurado o pensionado
2. Comprobante de los gastos funerarios (factura)
3. Identificación oficial del solicitante
4. Acreditar parentesco (preferentemente) o haber realizado los gastos

Diferencia con riesgos de trabajo

En ambos casos (muerte por enfermedad general o por riesgo de trabajo) se otorga la misma ayuda para gastos de funeral, aunque el fundamento legal es distinto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo establece reglas especiales para la atencion de maternidad en casos de complicaciones. SDV recomienda a los patrones conocer estas disposiciones para orientar adecuadamente a sus trabajadoras y asegurar que reciban la atencion medica integral a la que tienen derecho durante el embarazo, parto y puerperio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 99 del LSS?

Establece que en caso de muerte del asegurado o pensionado por causa distinta a riesgo de trabajo, se pagará una ayuda para gastos de funeral a quien acredite haber realizado los gastos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 99 de la Ley del Seguro Social?

Este articulo establece reglas especiales para la atencion de maternidad en casos de complicaciones. SDV recomienda a los patrones conocer estas disposiciones para orientar adecuadamente a sus trabajadoras y asegurar que reciban la atencion medica integral a la que tienen derecho durante el embarazo, parto y puerperio.

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