Este impuesto grava el inmueble quien quiera que sea el dueño o usuario y tendrá preferencia sobre cualquier otro gravamen que pese sobre dicho bien. Artículo modificado por el Artículo 16 del Decreto de Gabinete 30 de 6 de febrero de 1969, publicada en la Gaceta Oficial 16,294 de 6 de febrero de 1969.
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