CF Panamá

Artículo 785.

Texto Legal

Los avalúos específicos se harán efectivos desde la ejecutoria de la resolución que los fije. Capítulo IIl Fecha y Lugares del Pago del Impuesto y su Prescripción

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 785 del CF Panamá?

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