CF Panamá

Artículo 958.

Texto Legal

Autorizase al Órgano Ejecutivo para que adopte, en los casos que estime conveniente, un procedimiento mecánico, como el de estampar sellos en seco u otro semejante, con el fin de hacer efectivo este impuesto en sustitución de las estampillas. (derogado según artículo 48, ley 8/2010.) Capítulo II Del Papel Sellado

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 958 del CF Panamá?

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