Arts. 48, 50, 162 LFT

Calculadora de Liquidación 2026

Calcula finiquito y liquidación según el motivo de separación: indemnización constitucional, 20 días por año cuando proceden, prima de antigüedad y salarios pendientes, conforme a la LFT.

Datos para el cálculo

$

Por defecto: fecha actual

3 meses de salario integrado + prima de antigüedad + finiquito. Los 20 días por año solo si el patrón no reinstala.

Pagos pendientes (déjalos en 0 si no aplica)

Ej. la quincena en curso

Días; llevan prima vacacional

Se restan de las proporcionales

Mínimo 25% por ley

Mínimo 15 por ley

Cómo funciona esta calculadora

Qué se paga según el motivo

Siempre (finiquito): salario pendiente, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales.

Prima de antigüedad (12 días × años, proporcional, tope 2 SM): todo despido —incluido el justificado del Art. 47—, muerte, incapacidad y rescisión por culpa del patrón. En renuncia o mutuo acuerdo, solo con 15 años o más.

3 meses de salario integrado: despido injustificado y rescisión por culpa del patrón.

20 días por año: solo si el patrón no reinstala (Art. 49) o el trabajador rescinde por culpa del patrón (Art. 51-52).

Todas las proporciones usan 365 días. Las vacaciones del periodo en curso son las del año de servicio que se está cursando (12 días el primero). Las indemnizaciones usan salario integrado (Art. 89 LFT: cuota diaria + aguinaldo + prima vacacional); la prima de antigüedad, el salario ordinario con tope de 2 salarios mínimos.

Datos que necesitas

  • Salario mensual bruto y fechas de ingreso y separación
  • Motivo de la terminación (cambia radicalmente el resultado)
  • Prima vacacional y días de aguinaldo de tu contrato
  • Días trabajados sin pagar y vacaciones pendientes o ya disfrutadas

Ejemplo trabajado

Despido injustificado con $12,000/mes ($400 diarios, integrado $421.92), del 2-may-2022 al 15-ago-2026 (1,566 días).

· 3 meses: 90 × $421.92 = $37,972.60

· Prima de antigüedad: 12 × 4.2904 años × $400 = $20,593.97 (sin tope: $400 < 2 × $315.04)

· Finiquito (vacaciones 20 × 105/365 días, prima vacacional, aguinaldo 15 × 226/365): $6,591.78

· Bruto $65,158.35 − ISR ≈ $1,410.56 → neto ≈ $63,747.79

· Si el patrón no reinstala, se suman 20 × 4.2904 × $421.92 = $36,204.02.

Exactitud y limitaciones

No incluye salarios vencidos (dependen del juicio) ni prestaciones superiores a la ley que no captures: si tu contrato da más aguinaldo o prima vacacional, ajústalos arriba; bonos o comisiones fijas elevan el salario integrado. El ISR es una estimación: lo ordinario con la tarifa mensual del Art. 96 LISR y lo gravado por separación a la tasa del último sueldo mensual (Art. 95), después de las exenciones del Art. 93.

Preguntas frecuentes

Todo sobre la liquidación laboral en México

Fundamento Legal de la Liquidación Laboral

La liquidación comprende las indemnizaciones por terminación injustificada de la relación laboral.

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